La obligatoriedad del precedente jurisprudencial para los jueces de lo contencioso administrativo
Pocos se han puesto concienzudamente a reflexionar sobre el tema del control de constitucionalidad, y, en particular, sobre el control de constitucionalidad en sede contenciosa administrativa –al menos no con la importancia que este tema lo amerita después de la entrada en vigor no solo del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA) sino desde la Constitución de 1991–. No se tiene claro en efecto si se necesita autorización del superior para inaplicar una norma inconstitucional, como tampoco la cantidad y calidad de la(s) sentencia(s) necesaria(s) para hablar de precedente en materia contenciosa administrativa.