Anzilotti, Responsabilidad internacional

El tema desarrollado por Anzilotti en su artículo publicado en la RGDIP[1]en 1906 consistió en tratar de encontrar y explicar la responsabilidad internacional sobre la base del hecho ilícito y no del daño o la culpa como se hizo clásicamente en el derecho civil. Para ello, el autor italiano demostrará que esta responsabilidad debe ser objetiva porque el Estado, como persona jurídica de Derecho internacional, siendo, además, el único en ese momento, no puede considerarse sometido a una subjetividad, lo que niega toda posibilidad de pensar en la culpa como base de la responsabilidad internacional de los Estados.