Servicios públicos
Servicios públicos

Docente:

Prof. Dr. Carlos Mario Dávila

Duración:

Beneficios del curso:

Al terminar el módulo el estudiante habrá aprendido el marco jurídico de los servicios públicos domiciliarios, así como su relación directa en el campo del derecho público, su incidencia y trascendencia en el campo jurídico, económico y social en Colombia, su concepción, funcionalidad, estructura y alcance dentro del funcionamiento administrativo del estado.

Descripción

Los servicios públicos domiciliarios (SPD) son sinónimo de calidad de vida (art. 366, Const.). A partir de la Constitución de 1991, el esquema de los SPD cambia sustancialmente en Colombia, se establece un nuevo sistema y se entra en la dimensión y concepción de mercado en estos servicios: la libre competencia. La Constitución en el artículo 365 y siguientes contempla la finalidad social del Estado y de los servicios públicos y estatuye el deber del Estado de asegurar su prestación eficiente a todos los habitantes del territorio nacional. Además, señala que la ley fijará las competencias y responsabilidades relativas a la prestación de los servicios públicos domiciliarios. A su vez, dicho articulado establece que el presidente de la República señalará con sujeción a la ley las políticas generales de administración y control de eficiencia de los servicios públicos domiciliarios y ejercer por medio de la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, el control, la inspección y vigilancia de las entidades que los presten. Con la expedición de la Ley 142 de 1994 se buscó fortalecer la descentralización y estimular la participación del sector privado en las inversiones y prestación de los servicios, racionalizando las responsabilidades sectoriales del orden nacional. Se busca incentivar y promover la inversión y participación del sector privado en la prestación de los servicios, racionalizar el régimen tarifario, garantizar la administración transparente de los subsidios, y ejercer vigilancia y control estatal para asegurar la buena gestión de las entidades que prestan los servicios. En lo que respecta a los municipios, las funciones fueron enfocadas a prestar a sus habitantes, de manera eficiente, los servicios de agua potable, alcantarillado y aseo; a otorgar subsidios a los usuarios de menores ingresos; a estratificar los inmuebles para el establecimiento de las tarifas y los subsidios, apoyar a las entidades prestadoras de los servicios con inversiones y crear los fondos de solidaridad y redistribución de ingresos (Ley 715). Igualmente, la ley previó y estimuló la participación ciudadana de los habitantes, usuarios de los servicios de acueducto, alcantarillado y aseo, mediante la conformación de comités de desarrollo y control social en cada municipio. Todo lo anterior, aunado a la debida prestación de los SPD, en términos de cobertura, calidad, eficiencia y continuidad, así como a la debida estratificación para el cobro de los SPD, las tarifas, las Comisiones de Regulación, la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, la fijación de políticas en cada uno de estos servicios por parte de los Ministerios. Esto conlleva a la necesidad de concebir los servicios públicos domiciliarios como un tema relevante y trascendental en nuestro estado social y ambiental de derecho.

MODULOS

Taller nota 1

Examen final

Acerca del docente:

Prof. Dr. Carlos Mario Dávila

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